En México, la normatividad de accesibilidad universal para el diseño del espacio público se encuentra principalmente en la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y en la Norma Técnica Mexicana NMX-R-050-SCFI-2006.
La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad establece en su artículo 41 que las autoridades federales, estatales y municipales deben garantizar la accesibilidad universal en el diseño y construcción de espacios públicos, así como en los servicios e infraestructuras que se brinden a la población. Además, establece que se deben eliminar las barreras físicas, de comunicación y de información que dificulten la movilidad y participación de las personas con discapacidad.
Por otro lado, la Norma Técnica Mexicana NMX-R-050-SCFI-2006 establece los criterios y especificaciones técnicas para el diseño y construcción de espacios públicos accesibles. Esta norma establece requisitos relacionados con la accesibilidad en rampas, escaleras, pasillos, estacionamientos, señalización, mobiliario urbano, entre otros aspectos.
Es importante mencionar que existen también normas y lineamientos específicos para ciertos tipos de espacios públicos, como por ejemplo la Norma Técnica Complementaria NTCR-2004 para la accesibilidad en vialidades urbanas, la Norma Técnica Complementaria NTCR-2004 para la accesibilidad en transporte público, y la Norma Técnica Complementaria NTCR-2004 para la accesibilidad en edificaciones.
En resumen, la normatividad de accesibilidad universal para el diseño del espacio público en México se encuentra principalmente en la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y en la Norma Técnica Mexicana NMX-R-050-SCFI-2006, así como en normas y lineamientos específicos para ciertos tipos de espacios públicos.
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